domingo, 13 de diciembre de 2020

EXPROPIACIÓN FORZOSA EN EL PANTANO DE CIJARA

     Esta semana todos los propietarios de terrenos colindantes con el Pantano de Cíjara han recibido una serie de cartas comunicándoles que tienen una notificación a su disposición en la sede electrónica del Catastro. En dicha notificación se comunicaba lo siguiente:

ACUERDO DE ALTERACIÓN DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRAL

 Vista la Comunicación de expropiación forzosa remitida por CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADIANA MOP, una vez realizadas las comprobaciones oportunas, esta Gerencia, en virtud de las competencias que tiene atribuidas¹, acuerda

 INSCRIBIR la alteración catastral² acreditada de los inmuebles que se relacionan , conforme a los datos que se detallan en el presente acuerdo. Modificación de superficie de parcela como consecuencia de la actualización catastral del limite de expropiación del Embalse del Cíjara en el término municipal de Villarta de los Montes, de acuerdo con la información comunicada por Confederación Hidrográfica del Guadiana. 

Dichas alteraciones tendrán efectos en el Catastro Inmobiliario desde el 20 de junio de 2020.

Puede consultar más información del expediente en www.sedecatastro.gob.es utilizando el CSV: ???????

 RECURSOS Y RECLAMACIONES³ Contra este acuerdo puede interponer, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción, por cada uno de los inmuebles afectados, recurso de reposición ante esta Gerencia o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional. No obstante, si el valor catastral del inmueble es superior a 1.800.000 € se podrá interponer la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Central. El recurso de reposición tendrá carácter potestativo y previo a la reclamación, no siendo posible la interposición simultánea de ambos. En todo caso, deberán dirigirse a esta Gerencia, preferiblemente acompañado de una copia del acto impugnado. Cuando la reclamación económico-administrativa deba tramitarse por el procedimiento abreviado, el escrito de interposición contendrá las alegaciones y las pruebas oportunas. A tal efecto podrá comparecer ante esta Gerencia en el plazo anteriormente indicado para ponerle de manifiesto el expediente.

 Badajoz, 2 de diciembre de 2020 

GERENTE REGIONAL 

MARIA CRISTINA CRUZ HERRERA

Según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico  la Delimitación del Dominio Público Hidráulico: el Proyecto Linde:

  • Zona de servidumbre es la franja situada lindante con el cauce, dentro de la zona de policía, con ancho de cinco metros, que se reserva para usos de vigilancia, pesca y salvamento.

En definitiva, que entendemos que la Confederación Hidrográfica del Guadiana ha llevado a cabo una expropiación forzosa de los CINCO PRIMEROS METROS que lindan con el pantano, y la Gerencia del Catastro, nos comunica que ya están inscritas desde el 20 de junio de este año las fincas con la nueva superficie.

Son lentejas. 

He buscado información del proceso de expropiación, pero no he encontrado nada. Solamente queda la impotencia de la gente. Aunque creo que es justo y necesario que ese domino público exista.

En la imagen se ven las diferentes partes del dominio público. La imagen representa un río, pues ahora traslademos esas partes al vaso del pantano de Cíjara.

El proyecto Linde empezó su andadura hace 15 años. 

Qué menos que ulgun comunicado. En fin....

4 comentarios:

Carmen Casas dijo...

Hola, yo he llamado al servicio de expropiaciones de la confederación Hidrográfica del guadiana y me dice que es la regularización de la expropiación que se hizo en su día. Le pedí explicación por escrito porque no es una justificación muy clara. Si el motivo es expropiación, el estado tiene que pagar. Otra cosa es que sea un deslinde de los mojones que se pusieron en su día, que no dice que sea eso.

Carmen Casas dijo...

Hola, yo he llamado al servicio de expropiaciones de la confederación Hidrográfica del guadiana y me dice que es la regularización de la expropiación que se hizo en su día. Le pedí explicación por escrito porque no es una justificación muy clara. Si el motivo es expropiación, el estado tiene que pagar. Otra cosa es que sea un deslinde de los mojones que se pusieron en su día, que no dice que sea eso.

Carmen Casas dijo...

Hola, yo he llamado al servicio de expropiaciones de la confederación Hidrográfica del guadiana y me dice que es la regularización de la expropiación que se hizo en su día. Le pedí explicación por escrito porque no es una justificación muy clara. Si el motivo es expropiación, el estado tiene que pagar. Otra cosa es que sea un deslinde de los mojones que se pusieron en su día, que no dice que sea eso.

JERO dijo...

No hay expediente de deslinde, es una expropiación forzosa. Pero perece ser que está resuelto y los propietarios no hemos visto un euro, aunque si vemos algo, será poco más de un euro