miércoles, 19 de marzo de 2014

pleno extraordinario: presupuesto 2014

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Alguien puede indicarme a quien corresponde en el apartado de Personal Funcionario: El puesto de Auxiliar de policía local Grupo D, nivel 18 nº de puestos 1 ?

Siempre he creído que no teníamos policía Local.
Para ejercer no pero para cobrar si.
¿?

Anónimo dijo...

Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Régimen Local (TRRL), al disponer que en los Municipios donde no exista Cuerpo de Policía Local, “su misión se llevará a cabo por los Auxiliares de la Policía Local que comprenderá el personal que desempeñe funciones de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones